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MULTA A EMPRESA DE TRANSPORTE INTERURBANO POR NEGAR EL TRASLADO GRATUITO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD |
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03-03-2020 |
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Información enviada por: ERSEP - Córdoba |
El Ente Regulador de Servicios Públicos de la Provincia de Córdoba (ERSeP), a través de la Resolución N° 277 del 28 de febrero de 2020, aplicó una multa del orden de los 150 mil pesos a una empresa concesionaria del servicio público de transporte interurbano de pasajeros por haber negado el traslado gratuito de personas con discapacidad, beneficiarias del Pase Único, Libre y Universal expedido por la Secretaria de Trasporte de la Provincia, en el marco de la Ley Provincial N° 9440.
La Resolución indica que los beneficios otorgados por la Ley 9440 a favor de las personas con discapacidad deben ser interpretados de manera amplia, al no estar previstas limitaciones o restricciones en la Ley Provincial; en armonía con las pautas interpretativas previstas por la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo, aprobado y vigente en nuestro país.
Asimismo, el ERSeP hace hincapié en la posición de hipervulnerabilidad de los usuarios con discapacidad respecto de los prestadores del servicio; al encontrarse este grupo de usuarios en una posición de desventaja -incluso mayor que la del resto de los usuarios- para hacer valer sus derechos fundamentales.
Teniendo en cuenta lo anterior, el Regulador explicita que, en estos casos, se intensifica la función de las sanciones que aplica, tendientes a desalentar o prevenir este tipo de actitudes, constituyendo las mismas un mensaje al prestador en particular -y al sistema regulado en general- para evitar la reiteración de este tipo de inconductas.
ERSeP |
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